La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo histórico que busca resolver un problema de más de dos siglos en comunidades indígenas de la Sierra Tarahumara, donde muchas personas han vivido y muerto sin acta de nacimiento ni de defunción.
Por: Agencias
Ciudad de México; viernes, 06 de marzo del 2026.- Con ocho votos a favor y uno en contra, la Corte otorgó a las autoridades de la comunidad rarámuri de Tehuerichi, Chihuahua, facultades para certificar nacimientos y fallecimientos dentro de su territorio. Estas constancias deberán ser posteriormente validadas por el Registro Civil, que será la instancia encargada de expedir las actas oficiales.
La decisión se tomó al resolver el amparo en revisión 423/2025 y establece un precedente para atender la falta de documentos oficiales que afecta a miles de personas indígenas en el país.
El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz señaló que la ausencia de actas de nacimiento es una tragedia, ya que estos documentos permiten acceder a programas y servicios del Estado. Según explicó, este fallo representa un avance en el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas y en la aplicación de la reforma al Artículo 2 de la Constitución.
Desde 2012, la comunidad rarámuri de Tehuerichi había solicitado que se reconocieran los registros realizados por el Siríame, autoridad tradicional encargada de certificar nacimientos y defunciones en la comunidad. Sin embargo, las autoridades habían rechazado estos documentos durante años.
La ministra María Estela Ríos González votó en contra al advertir que esta medida podría generar posibles fraudes en el registro civil, al permitir que una autoridad comunitaria determine la identidad, nacimiento o fallecimiento de una persona.
Por su parte, el ministro ponente Arístides Guerrero García aclaró que la resolución no sustituye al Registro Civil, ya que la autoridad comunitaria solo emitirá una constancia que después deberá ser validada oficialmente.
Datos citados del INEGI indican que alrededor de 205 mil personas indígenas en México carecen de registro o acta de nacimiento, una proporción diez veces mayor que la del resto de la población.
Como parte de la resolución, la Corte ordenó a las autoridades de Chihuahua implementar políticas públicas con enfoque intercultural, realizar una campaña de registro en Tehuerichi en un plazo máximo de seis meses y respetar los nombres y apellidos tradicionales de la comunidad. Además, la sentencia deberá traducirse al rarámuri para su difusión.





