La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la prohibición total que el Ayuntamiento de Tepic había impuesto a las corridas de toros y a las peleas de gallos, al determinar que dicha medida rebasó las atribuciones legales del gobierno municipal.
Por: S. Araceli R. Beltrán
Tepic, Nayarit; jueves, 05 de febrero del 2026.- Durante la sesión del Pleno, las y los ministros concluyeron que el cabildo capitalino no cuenta con facultades constitucionales para vetar espectáculos que se encuentran expresamente permitidos y regulados por la legislación estatal vigente en Nayarit.
El fallo se sustentó en el principio de jerarquía normativa, el cual establece que los reglamentos municipales deben ajustarse a lo dispuesto por las leyes estatales, sin imponer restricciones adicionales que contradigan lo aprobado por el Congreso local.

Con esta resolución, quedaron sin efecto diversas disposiciones del Reglamento de Bienestar Animal del municipio, mismas que habían sido utilizadas para negar permisos y ordenar la suspensión de eventos taurinos y palenques en la capital nayarita.
La determinación del máximo tribunal tiene efectos generales e inmediatos, por lo que las autoridades municipales ya no podrán aplicar sanciones ni clausuras con base en los artículos ahora invalidados.
Finalmente, la Corte ordenó al Ayuntamiento de Tepic dar publicidad oficial a la sentencia, con el objetivo de informar a la ciudadanía sobre la anulación de la prohibición y el marco legal que regirá en adelante estos espectáculos.






