El máximo tribunal determinó que algunos requisitos establecidos en la ley estatal invaden facultades federales en materia sanitaria y de control zoosanitario
Por: Arcelia García Ortega
Tepic, Nayarit; sàbado, 14 de marzo del 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió invalidar diversos permisos estatales que se exigían para la movilización y exportación de ganado en el estado de Nayarit, al considerar que dichos requisitos invaden competencias del gobierno federal en materia sanitaria y zoosanitaria.
La decisión fue tomada por el Pleno del máximo tribunal al resolver la controversia constitucional 216/2025, analizada durante la sesión celebrada el 10 de marzo de 2026. En su resolución, la Corte determinó que algunos controles establecidos por autoridades estatales ya no podrán aplicarse, ya que corresponden al ámbito de regulación federal.
De acuerdo con el comunicado oficial del tribunal, ciertas disposiciones locales pretendían establecer un sistema estatal de autorización previa para el traslado de ganado. En la práctica, esto implicaba que los productores debían obtener permisos del gobierno estatal para movilizar animales dentro o fuera del territorio.
Sin embargo, la Corte señaló que este tipo de controles contraviene lo establecido en la Constitución mexicana, ya que la regulación sanitaria y zoosanitaria es una facultad que corresponde al gobierno federal.
No obstante, el fallo aclara que algunos documentos sí podrán seguir utilizándose cuando su finalidad sea únicamente acreditar la propiedad del ganado. En ese sentido, la llamada “guía de tránsito” puede mantenerse como un instrumento administrativo para demostrar la posesión o transmisión de los animales.
Con esta resolución, la SCJN establece un precedente importante para el sector ganadero al delimitar las competencias entre autoridades estatales y federales en materia de control sanitario y movilización de ganado en el país.







