Ley les obliga a implementar acciones presupuestales y administrativas extraordinarias, suficientes y eficaces para dar cumplimiento a la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres
Por: Arcelia García Ortega
Tepic, Nayarit; lunes, 26 de mayo del 2025.- Los ayuntamientos, deberán establecer unidades especializadas que brinden atención integral, asesoría jurídica y tratamiento psicológico especializado, gratuito, oportuno y eficaz a las víctimas, que favorezcan su empoderamiento y contribuyan a la reparación del daño. Nueva Ley obliga a los alcaldes y alcaldesas a ya no seguir simulando que apoyan a las mujeres, ahora el apoyo tendrá que ser real. Deberán destinar los recursos necesarios dentro de los presupuestos sí o sí.
Deberán instalar y mantener refugios seguros para las víctimas y sus hijas e hijos, cuya ubicación deberá mantenerse en reserva. En ellos se tiene qué, ofrecer apoyo psicológico y legal adecuado, a través de personal profesional con cedula en la especialidad correspondiente.
Todo esto y mucho más contempla la nueva Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, propuesta por el gobernador del estado, Miguel Ángel Navarro Quintero, que busca consolidar un marco jurídico local robusto, integral y con perspectiva de género orientado a la prevención, atención, sanción y erradicación de todas las formas de violencia en contra de las mujeres.
Con ésta, se ampliará la regulación de los centros de justicia para que sigan funcionando apegados a las leyes y garantizando el respeto de los derechos humanos que son víctimas de violencia y el que se creen fiscalías especializadas para cada una de las violencias.
Según dates del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, durante el año 2024, el estado de Nayarit registro un incremento del 12% en carpetas de investigación por violencia familiar con respecto al afio anterior. Asimismo, la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) revela que el 68.2% de las mujeres en Nayarit ha experimentado al menos un tipo de violencia a lo largo de su vida, siendo las más comunes la violencia emocional, económica y física.
Estos datos no solo evidencian la magnitud del problema, sino también su carácter estructural, cultural y normalizado. La violencia de género no es un fenómeno aislado ni circunstancial, sino que es una realidad diaria para miles de mujeres en nuestra entidad, y su persistencia obedece tanto a patrones sociales profundamente arraigados como a la ausencia de mecanismos estatales eficaces, articulados y con enfoque territorial para atenderla y prevenirla, señala la iniciativa enviada por el gobernador.
Esta ley también es más clara en lo que respecta a la Ley Vicaria, la violencia digital, laboral, feminicida, electoral, obstrética y mediática.
Esta ley contempla crear y fortalecer instancias estatales y municipales especializadas, con recursos suficientes y personal capacitado, para brindar atención integral, accesible y con enfoque intercultural y diferenciado a las víctimas.
Establecer un Sistema Estatal de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, que articule los esfuerzos del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como de los ayuntamientos, organizaciones de la sociedad civil y organismos autónomos.
Fomentar la participación social y comunitaria, garantizando espacios de interlocución para mujeres, defensoras, colectivas feministas y académicas, en el diseño, implementación y evaluación de políticas públicas.
Si que está completa y actualizada la ley porque la administración pública estatal y municipal, los órganos autónomos, los órganos de procuración y administración de justicia, así como el Congreso del Estado, deberán, en el ámbito de sus respectivas competencias, elaborar y suscribir protocolos de actuación (que deberán dar a conocer), así como convenios de colaboración, coordinación y concertación en materia de discriminación y violencia de género, conforme a los principios establecidos en esta Ley.
Esta Ley garantiza a toda mujer, sin distinción de clase, raza, grupo étnico, orientación sexual, cultura, educación, edad o religión, el reconocimiento y ejercicio pleno de los derechos inherentes a la persona humana, asegurando las oportunidades y condiciones necesarias para vivir una vida libre de violencia, preservar su intimidad, y proteger su salud física y mental.
Se debe brindar servicios reeducativos integrales, especializados y gratuitos a los agresores, con el objetivo de erradicar conductas violentas mediante procesos educativos que eliminen estereotipos de supremacía masculina y patrones machistas.
Se deberá excluir toda practica conciliatoria, de mediación o psicoterapia confrontativa entre la víctima y su agresor, hasta en tanto no se haya brindado la atención terapéutica correspondiente y la víctima haya superado el trauma y las lesiones ocasionadas.
Facilitar la separación y el alejamiento inmediato del agresor respecto de la víctima, adoptando todas las medidas necesarias para su seguridad.






