El Sistema Nacional de Salud deberá de diferenciar la orientación asexual de falta de deseo sexual por orígenes fisiológicos, así como dar capacitación al personal de salud.
Un juez federal ordenó al Sistema Nacional de Salud dejar de considerar la asexualidad como una enfermedad psiquiátrica, convirtiéndose en la primera sentencia de este tipo en América Latina
Por: Agencias
Ciudad de Mèxico; mièrcoles, 29 de noviembre del 2023.- Con la sentencia, las autoridades sanitarias de México deberán adecuar sus protocolos y normas para dejar de considerar como enfermedad la asexualidad, es decir aquella orientación donde las personas no sienten ningún tipo de atracción sexual hacia nadie.
“En el caso de las personas asexuales, la ausencia de atracción sexual hacia otras personas no es un síntoma o un cambio inducido en su comportamiento, sino una orientación sexual como cualquier otra”, señaló en un comunicado la organización Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), que acompañó la demanda de amparo.
La resolución del Juzgado Tercero de Distrito en Yucatán ordena adecuar la normativa interna de las instituciones de salud pública para diferenciar la orientación asexual de falta de deseo sexual por orígenes fisiológicos, así como realizar programas de capacitación al personal de salud.
Esto después de que 5 personas asexuales de Yucatán presentaron en diciembre de 2020 una demanda de amparo contra diversas autoridades del Sistema Nacional de Salud por los protocolos médicos oficiales, que catalogan su orientación como una enfermedad psiquiátrica.
En el caso, señalaban que personas asexuales eran canalizadas por personal de instituciones públicas de salud a atención psiquiátrica para “curar” su falta de atracción sexual. Las demandantes sostuvieron que esto implicaba una “terapia de conversión” por parte del sistema público. Asimismo, calificaron los actos como discriminación contra este sector.
El equipo legal, conformado por el Colectivo por la Protección de Todas las Familias (PTF) en Yucatán y GIRE, señaló que la discriminación hacia personas asexuales “parte de la idea impuesta de que tener relaciones sexuales es una obligación para todas las personas, basada además en normas morales respecto a la salud reproductiva”.
“La mayoría del personal médico no tiene conocimiento sobre la asexualidad, por lo que, al hacerle preguntas a pacientes asexuales sobre su vida sexual activa, consideran su orientación como un síntoma, afectando de manera significativa la valoración médica”, señalaron en un comunicado conjunto.
De acuerdo con GIRE, solo en 2019 al menos 317 personas asexuales fueron canalizadas a atención psiquiátrica en el Sistema Nacional de Salud para “curar” su falta de atracción sexual, según datos de las propias autoridades. Tras darse a conocer la sentencia Alex Ouré, miembro del colectivo PTF Yucatán, advirtió que tratar a las personas asexuales como “si su orientación fuese algo que debiera curarse” equivale a “pseudo-terapias de conversión”.
Por lo tanto, celebró la resolución, la cual calificó de como un “logro inédito” en América Latina.
En México, alrededor de 100 mil personas se identifican como asexuales, según la Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género (ENDISEG) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
El Inegi define la asexualidad como aquellas personas que no sienten atracción sexual hacia otras personas. Sin embargo, lo anterior no implica, necesariamente, no tener libido, no practicas sexo o no poder sentir excitación.