Jueza determina que no existen condiciones que aseguren la comparecencia de Ismael Zambada o la seguridad de la comunidad

Una jueza de Estados Unidos de América (EUA) ordenó que Ismael El Mayo Zambada permanezca en prisión, sin derecho a fianza, ya que no existen condiciones que “aseguren su comparecencia o la seguridad de la comunidad”.

A través de una orden judicial de un tribunal de Texas, división El Paso, la jueza Anne Berton estableció que El Mayo —quien fue detenido el jueves de la semana pasada junto con Joaquín Guzmán López— quede bajo custodia del fiscal general en un centro penitenciario separado de personas detenidas que esperan apelación.

El Tribunal considera que no existen condiciones o combinaciones de condiciones de liberación que aseguren razonablemente la comparecencia del acusado o la seguridad de la comunidad.

Por lo tanto, se ordena que el acusado sea detenido sin derecho a fianza y que se le encarcele bajo la custodia del fiscal general en un centro penitenciario separado, en la medida de lo posible, de las personas que esperan o cumplen sentencias o que se encuentran detenidas en espera de una apelación”, se indicó en la orden judicial.

Detención de El Mayo en EUA

Ismael El Mayo Zambada y Joaquín Guzmán López, hijo de Joaquín El Chapo Guzmán, fueron detenidos en territorio estadounidense la semana pasada tras haber volado desde México.

Sin embargo, el abogado Frank Pérez dijo a medios de EUA que su cliente El Mayo Zambada fue secuestrado por Guzmán López y llevado en contra de su voluntad a Estados Unidos.

El 26 de julio de 2024, el fiscal General estadounidense, Merrick B. Garland, dio a conocer que Ismael Zambada, cofundador del Cártel de Sinaloaenfrenta cargos por tráfico de fentanilo, lavado de dinero, delitos cometidos con armas de fuego, secuestro y conspiración.

Ese mismo día, el detenido se declaró no culpable ante un juez en El Paso, Texas, de los delitos de narcotráfico y lavado de dinero que le imputa la Justicia de EUA.

En el documento judicial firmado por la jueza Anne Berton se ordenó que se debe brindar al acusado “una oportunidad razonable de consultas privadas con un abogado”.

Además, que cuando se solicite, el encargado del penal lo entregue a un alguacil para que comparezca en relación con cualquier procedimiento judicial.