Ciudad de México, 28 de mayo de 2025 — El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) informó que este miércoles concluyen oficialmente las campañas para la elección del Poder Judicial de la Federación. A partir del primer minuto del jueves 29 de mayo comenzará la veda electoral, un periodo clave en el proceso democrático que busca garantizar una decisión libre e informada por parte de la ciudadanía.
El Instituto Nacional Electoral (INE) detalló que durante la veda electoral se prohíbe cualquier tipo de propaganda por parte de las candidaturas al Poder Judicial. Esta medida tiene como objetivo ofrecer un espacio de reflexión previo a la jornada electoral, evitando la influencia directa de actos proselitistas en la decisión del electorado.
¿Qué está prohibido durante la veda electoral?
Durante este periodo no se permiten:
- Reuniones públicas o asambleas con fines electorales.
- Debates y visitas domiciliarias para solicitar el voto.
- Difusión de encuestas o sondeos de opinión.
- Publicación de logros de gobierno.
- Promoción de obras públicas o programas sociales.
- Uso de redes sociales institucionales para emitir mensajes con contenido político.
Multas y sanciones por violar la veda electoral
Incurrir en violaciones a la veda electoral puede tener consecuencias legales severas, de acuerdo con la Ley General en Materia de Delitos Electorales. Las sanciones incluyen:
- Para funcionarios, candidaturas o partidos que hagan propaganda:
- Multas de 100 a 200 días de salario
- Prisión de 2 a 6 años
- Por publicación de encuestas o sondeos durante la veda:
- Multas de 50 a 100 días de salario
- Prisión de 6 meses a 3 años
Estas penalidades aplican tanto para personas físicas como para medios de comunicación o representantes institucionales.
Con la entrada en vigor de la veda electoral, las autoridades llaman a la responsabilidad y al cumplimiento de las normas, recordando que respetar este periodo fortalece la democracia y la equidad en los procesos electorales.